La criminalización de la protesta social por el Estado. Del derecho represivo a un nuevo derecho

Este artículo analiza la criminalización estructural de la protesta social por parte del Estado en contextos democráticos, con énfasis en Latinoamérica. A partir de una metodología histórico-materialista, se examinan con detalle los casos de represión sistemática en Argentina, Colombia, México y Perú; enunciando someramente las movilizaciones estudiantiles contra la guerra en Gaza en Estados
Unidos, Europa e Inglaterra; contrastadas con una aproximación a las revueltas desestabilizadoras en Venezuela, Serbia y Yugoslavia. Se justifica la selección de casos por su relevancia histórica, intensidad represiva, detenciones arbitrarias y vinculación con doctrinas contrainsurgentes promovidas por Estados Unidos para proteger la inversión extranjera directa. El marco teórico articula las nociones de estado de excepción (Agamben), violencia fundadora y conservadora del derecho (Benjamin), mito de la huelga general (Sorel) y lucha de clases (Marx y Engels), para comprender cómo el derecho racionaliza la represión, según principios de seguridad del orden liberal-democrático-burgués. El artículo propone una reconstrucción normativa que distinga entre movilización legítima de la protesta social y agitación reaccionaria de las revueltas desestabilizadoras. Se plantea la necesidad de un nuevo derecho que dignifique el disenso, reconozca la protesta como derecho político fundante y establezca garantías constitucionales, penales y administrativas para su protección. Esta propuesta refiere autores como Gargarella, Magrini y Cordero Heredia, y busca redefinir el uso de la fuerza estatal, la legalidad y la participación democrática, en escenarios nacionales e internacionales.

​Este artículo analiza la criminalización estructural de la protesta social por parte del Estado en contextos democráticos, con énfasis en Latinoamérica. A partir de una metodología histórico-materialista, se examinan con detalle los casos de represión sistemática en Argentina, Colombia, México y Perú; enunciando someramente las movilizaciones estudiantiles contra la guerra en Gaza en EstadosUnidos, Europa e Inglaterra; contrastadas con una aproximación a las revueltas desestabilizadoras en Venezuela, Serbia y Yugoslavia. Se justifica la selección de casos por su relevancia histórica, intensidad represiva, detenciones arbitrarias y vinculación con doctrinas contrainsurgentes promovidas por Estados Unidos para proteger la inversión extranjera directa. El marco teórico articula las nociones de estado de excepción (Agamben), violencia fundadora y conservadora del derecho (Benjamin), mito de la huelga general (Sorel) y lucha de clases (Marx y Engels), para comprender cómo el derecho racionaliza la represión, según principios de seguridad del orden liberal-democrático-burgués. El artículo propone una reconstrucción normativa que distinga entre movilización legítima de la protesta social y agitación reaccionaria de las revueltas desestabilizadoras. Se plantea la necesidad de un nuevo derecho que dignifique el disenso, reconozca la protesta como derecho político fundante y establezca garantías constitucionales, penales y administrativas para su protección. Esta propuesta refiere autores como Gargarella, Magrini y Cordero Heredia, y busca redefinir el uso de la fuerza estatal, la legalidad y la participación democrática, en escenarios nacionales e internacionales. Read More

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