Este trabajo analiza la cláusula de indivisibilidad del Estado como principio estructural del constitucionalismo de los Estados compuestos, y sostiene que, lejos de ser un enunciado meramente simbólico, constituye una norma con funciones jurídicas precisas: identifica al titular de la soberanía, sujeta toda alteración del sujeto soberano o del territorio a los procedimientos de reforma, integra el pluralismo territorial y opera como parámetro de control. A partir del artículo 2o. de la Constitución Española, y de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el estudio propone una clasificación de las cláusulas de indivisibilidad en el derecho comparado y la contrasta con seis ordenamientos (Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Australia y Estados Unidos). Entendida de este modo, la indivisibilidad es compatible con la autonomía y con la diversidad cultural, que ordena dentro de un marco común y se diferencia de la homogeneidad impuesta. El trabajo examina, por último, las objeciones procedentes de la teoría de la secesión y la dimensión internacional del problema.
Este trabajo analiza la cláusula de indivisibilidad del Estado como principio estructural del constitucionalismo de los Estados compuestos, y sostiene que, lejos de ser un enunciado meramente simbólico, constituye una norma con funciones jurídicas precisas: identifica al titular de la soberanía, sujeta toda alteración del sujeto soberano o del territorio a los procedimientos de reforma, integra el pluralismo territorial y opera como parámetro de control. A partir del artículo 2o. de la Constitución Española, y de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el estudio propone una clasificación de las cláusulas de indivisibilidad en el derecho comparado y la contrasta con seis ordenamientos (Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Australia y Estados Unidos). Entendida de este modo, la indivisibilidad es compatible con la autonomía y con la diversidad cultural, que ordena dentro de un marco común y se diferencia de la homogeneidad impuesta. El trabajo examina, por último, las objeciones procedentes de la teoría de la secesión y la dimensión internacional del problema. Read More
