Un camino hacia un enfoque centrado en la sociedad civil Miguel Santamaria Septiembre 2026 En La doctrina del shock (2007), Naomi Klein formula una premisa que resuena con especial urgencia en 2026: “La información es resistencia al shock. Armarse”. Pocas figuras encarnan mejor ese mandato que las personas alertadoras climáticas, pues arriesgan su vida para revelar aquello que otros buscan mantener en secreto. En Latinoamérica, alertar y denunciar tiene un costo particularmente elevado. La región concentra algunos de los ecosistemas más amenazados del planeta, reservas de minerales estratégicos codiciadas por las grandes potencias, especies en peligro crítico y pueblos históricamente marginados. Alzar la voz para defender cualquiera de estos ámbitos puede convertir a quienes lo hacen en objetivos de violencia, lo que hace de la región una de las zonas más peligrosas del mundo para activistas. Según Global Witness, solo en 2023 fueron asesinados más de 166 defensores del medio ambiente y líderes sociales, muchos de ellos en un contexto de absoluta impunidad. Varios pueden considerarse, de manera póstuma, personas alertadoras. Además, los marcos normativos que deberían protegerlos son débiles, fragmentados o inexistentes en buena parte de la región. ¿Quién protege entonces a quienes alertan? Frente al vacío institucional dejado por un Estado ausente, la sociedad civil y, en particular, las organizaciones no gubernamentales constituyen en muchos casos los únicos actores con capacidad para ofrecer acompañamiento efectivo. En un sistema institucional frágil, se erigen como la columna vertebral de un cuerpo que, en ocasiones, parece inexistente. ¿Qué es una persona alertadora climática? El término whistleblower —persona alertadora— tiene sus orígenes en la práctica policial inglesa, que utilizaba silbatos para alertar sobre un delito en el momento en que ocurría. En su acepción contemporánea, una persona alertadora es quien revela información sobre actos ilegales, ilícitos o contrarios al interés general de los que ha sido testigo o de los que ha tenido conocimiento. No existe, sin embargo, una definición universal, y esta varía sustancialmente entre las legislaciones nacionales y las propuestas de las organizaciones no gubernamentales. Las primeras suelen limitar el concepto al ámbito laboral, mientras que las segundas tienden a ampliarlo para incluir a quienes han obtenido información privilegiada o han sido testigos de hechos a los que el público general no tiene acceso. De igual manera, puede establecerse una distinción entre la persona alertadora, el activista y el periodista. Este último encuentra protección jurídica en el secreto de las fuentes y en la libertad de prensa, además de desempeñar una función de intermediación. El activista, por su parte, actúa desde el exterior, sin mantener necesariamente una relación de dependencia con la institución involucrada. La persona alertadora, en cambio, se encuentra precisamente dentro de esa relación de subordinación o vulnerabilidad institucional, desde la cual obtiene la información que decide revelar. Para “hacer sonar el silbato” (blow the whistle), la persona alertadora dispone de dos vías: una interna, mediante los mecanismos establecidos por su organización y, cuando existe, por la legislación vigente; y otra externa, que implica recurrir a un tercero —muchas veces un medio de comunicación o una organización no gubernamental— para revelar aquello que los canales oficiales no han podido o no han querido resolver. Si la figura de la persona alertadora surge de la necesidad de visibilizar actos de corrupción que afectan a la sociedad, su vertiente climática responde a la urgencia de denunciar prácticas que agravan la crisis ambiental. Esto puede abarcar desde revelar concesiones mineras ilegales o destructivas hasta exponer información corporativa oculta o documentar la destrucción sistemática de ecosistemas. En Latinoamérica, donde los canales internos y oficiales suelen ser inoperantes, cuando no inexistentes, la vía externa y el acompañamiento de la sociedad civil no constituyen una opción más para las personas alertadoras: son, en muchos casos, la única vía disponible. Frente a instituciones débiles, las organizaciones no gubernamentales operan como actores primarios En Europa y otras regiones con marcos jurídicos más consolidados, las organizaciones de la sociedad civil funcionan como un mecanismo de apoyo. Acompañan a las personas alertadoras, que disponen, al menos en teoría, de cierto nivel de protección institucional. En Latinoamérica, la situación se invierte. Como señalan Daniel M. Brinks, Steven Levitsky y María Victoria Murillo en The Politics of Institutional Weakness in Latin America (2020), en contextos donde el Estado es frágil y existe una profunda brecha entre las normas formales y su aplicación efectiva, los canales institucionales de denuncia tienden a ser cooptados, inoperantes o inexistentes. Es ahí donde intervienen la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales para suplir ese vacío. En la literatura especializada, esto se denomina “infraestructura de whistleblowing”: el conjunto de mecanismos legales, organizacionales y comunicacionales que permiten que una denuncia produzca efectos. Incluye la formalización del caso, la identificación de los interlocutores pertinentes, la protección de la persona denunciante y el seguimiento público del proceso. Este sistema existe, aunque de manera imperfecta, en países con legislación avanzada; sin embargo, en Latinoamérica sigue siendo incipiente y presenta grandes desigualdades tanto entre países como dentro de ellos. En este contexto, las organizaciones no gubernamentales pasan de ser actores de acompañamiento a convertirse en actores primarios. En muchos casos, operan con márgenes de acción reducidos, recursos escasos y sin un reconocimiento jurídico explícito que les permita proteger a las personas alertadoras. Aun así, son las únicas entidades capaces de comprender la complejidad multidimensional de una denuncia, que abarca aspectos jurídicos, políticos, mediáticos y humanos. Voces que emergen Los casos documentados de personas denunciantes en Latinoamérica son escasos. En muchos contextos, la violencia silencia a las personas alertadoras y disuade a otras de manifestarse. Precisamente por eso, los pocos casos visibles resultan reveladores: cada uno permite identificar fallas estructurales o, en raras ocasiones, aquello que sí funciona. En México, el caso de Julián Carrillo, autoridad tradicional del pueblo rarámuri en Chihuahua, ilustra los límites institucionales. Durante años denunció la tala ilegal y las concesiones forestales irregulares en su territorio. Estas denuncias lo expusieron a amenazas, por lo que se acogió al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos
Un camino hacia un enfoque centrado en la sociedad civil Miguel Santamaria Septiembre 2026 En La doctrina del shock (2007), Naomi Klein formula una premisa que resuena con especial urgencia en 2026: “La información es resistencia al shock. Armarse”. Pocas figuras encarnan mejor ese mandato que las personas alertadoras climáticas, pues arriesgan su vida para revelar aquello que otros buscan mantener en secreto. En Latinoamérica, alertar y denunciar tiene un costo particularmente elevado. La región concentra algunos de los ecosistemas más amenazados del planeta, reservas de minerales estratégicos codiciadas por las grandes potencias, especies en peligro crítico y pueblos históricamente marginados. Alzar la voz para defender cualquiera de estos ámbitos puede convertir a quienes lo hacen en objetivos de violencia, lo que hace de la región una de las zonas más peligrosas del mundo para activistas. Según Global Witness, solo en 2023 fueron asesinados más de 166 defensores del medio ambiente y líderes sociales, muchos de ellos en un contexto de absoluta impunidad. Varios pueden considerarse, de manera póstuma, personas alertadoras. Además, los marcos normativos que deberían protegerlos son débiles, fragmentados o inexistentes en buena parte de la región. ¿Quién protege entonces a quienes alertan? Frente al vacío institucional dejado por un Estado ausente, la sociedad civil y, en particular, las organizaciones no gubernamentales constituyen en muchos casos los únicos actores con capacidad para ofrecer acompañamiento efectivo. En un sistema institucional frágil, se erigen como la columna vertebral de un cuerpo que, en ocasiones, parece inexistente. ¿Qué es una persona alertadora climática? El término whistleblower —persona alertadora— tiene sus orígenes en la práctica policial inglesa, que utilizaba silbatos para alertar sobre un delito en el momento en que ocurría. En su acepción contemporánea, una persona alertadora es quien revela información sobre actos ilegales, ilícitos o contrarios al interés general de los que ha sido testigo o de los que ha tenido conocimiento. No existe, sin embargo, una definición universal, y esta varía sustancialmente entre las legislaciones nacionales y las propuestas de las organizaciones no gubernamentales. Las primeras suelen limitar el concepto al ámbito laboral, mientras que las segundas tienden a ampliarlo para incluir a quienes han obtenido información privilegiada o han sido testigos de hechos a los que el público general no tiene acceso. De igual manera, puede establecerse una distinción entre la persona alertadora, el activista y el periodista. Este último encuentra protección jurídica en el secreto de las fuentes y en la libertad de prensa, además de desempeñar una función de intermediación. El activista, por su parte, actúa desde el exterior, sin mantener necesariamente una relación de dependencia con la institución involucrada. La persona alertadora, en cambio, se encuentra precisamente dentro de esa relación de subordinación o vulnerabilidad institucional, desde la cual obtiene la información que decide revelar. Para “hacer sonar el silbato” (blow the whistle), la persona alertadora dispone de dos vías: una interna, mediante los mecanismos establecidos por su organización y, cuando existe, por la legislación vigente; y otra externa, que implica recurrir a un tercero —muchas veces un medio de comunicación o una organización no gubernamental— para revelar aquello que los canales oficiales no han podido o no han querido resolver. Si la figura de la persona alertadora surge de la necesidad de visibilizar actos de corrupción que afectan a la sociedad, su vertiente climática responde a la urgencia de denunciar prácticas que agravan la crisis ambiental. Esto puede abarcar desde revelar concesiones mineras ilegales o destructivas hasta exponer información corporativa oculta o documentar la destrucción sistemática de ecosistemas. En Latinoamérica, donde los canales internos y oficiales suelen ser inoperantes, cuando no inexistentes, la vía externa y el acompañamiento de la sociedad civil no constituyen una opción más para las personas alertadoras: son, en muchos casos, la única vía disponible. Frente a instituciones débiles, las organizaciones no gubernamentales operan como actores primarios En Europa y otras regiones con marcos jurídicos más consolidados, las organizaciones de la sociedad civil funcionan como un mecanismo de apoyo. Acompañan a las personas alertadoras, que disponen, al menos en teoría, de cierto nivel de protección institucional. En Latinoamérica, la situación se invierte. Como señalan Daniel M. Brinks, Steven Levitsky y María Victoria Murillo en The Politics of Institutional Weakness in Latin America (2020), en contextos donde el Estado es frágil y existe una profunda brecha entre las normas formales y su aplicación efectiva, los canales institucionales de denuncia tienden a ser cooptados, inoperantes o inexistentes. Es ahí donde intervienen la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales para suplir ese vacío. En la literatura especializada, esto se denomina “infraestructura de whistleblowing”: el conjunto de mecanismos legales, organizacionales y comunicacionales que permiten que una denuncia produzca efectos. Incluye la formalización del caso, la identificación de los interlocutores pertinentes, la protección de la persona denunciante y el seguimiento público del proceso. Este sistema existe, aunque de manera imperfecta, en países con legislación avanzada; sin embargo, en Latinoamérica sigue siendo incipiente y presenta grandes desigualdades tanto entre países como dentro de ellos. En este contexto, las organizaciones no gubernamentales pasan de ser actores de acompañamiento a convertirse en actores primarios. En muchos casos, operan con márgenes de acción reducidos, recursos escasos y sin un reconocimiento jurídico explícito que les permita proteger a las personas alertadoras. Aun así, son las únicas entidades capaces de comprender la complejidad multidimensional de una denuncia, que abarca aspectos jurídicos, políticos, mediáticos y humanos. Voces que emergen Los casos documentados de personas denunciantes en Latinoamérica son escasos. En muchos contextos, la violencia silencia a las personas alertadoras y disuade a otras de manifestarse. Precisamente por eso, los pocos casos visibles resultan reveladores: cada uno permite identificar fallas estructurales o, en raras ocasiones, aquello que sí funciona. En México, el caso de Julián Carrillo, autoridad tradicional del pueblo rarámuri en Chihuahua, ilustra los límites institucionales. Durante años denunció la tala ilegal y las concesiones forestales irregulares en su territorio. Estas denuncias lo expusieron a amenazas, por lo que se acogió al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Read More
