Más allá del Tratado de Aguas

La gestión de cuencas como eje de la relación hídrica Estados Unidos-México en tiempos de escasez  María del Carmen Carmona Lara y Gonzalo Hatch Kuri Septiembre 2026 Uno de los componentes de la relación bilateral entre Estados Unidos y México es el ambiental, dentro del cual se encuentran las aguas transfronterizas reguladas por el Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales de 1944. Desde hace 25 años, cada vez que está por concluir un ciclo quinquenal correspondiente a la contabilidad de las asignaciones de agua que México está obligado a entregar a Estados Unidos en la cuenca del río Bravo, la retórica oficial atribuye a la sequía la responsabilidad del incumplimiento. Lo mismo sucede cuando el vecino país no puede aportar los volúmenes anuales que le corresponden por derecho a México en la cuenca del río Colorado. Diversos especialistas, académicos y funcionarios de ambos países coinciden en que las sequías que azotan la frontera entre Estados Unidos y México serán un fenómeno difícil de revertir; algunos responsabilizan al cambio climático, con lo que se despolitiza el debate. No obstante, en la cuenca del río Colorado, las modelaciones hidrometeorológicas sugieren que, para 2030, existe una alta probabilidad de que la sequía se agudice, lo que afectaría aún más el escurrimiento fluvial y la cantidad de agua almacenada en la presa Hoover (lago Mead), en Las Vegas, Nevada, que constituye el espacio físico donde México almacena los derechos de agua que le asigna el Tratado. Esto, sin duda, conducirá a prolongar las medidas adicionales de ahorro previstas desde las actas 323 y 330. La cuenca del río Bravo experimenta una situación similar. Los modelos auguran un panorama semejante al del Colorado, pero será la porción alta de la cuenca del Bravo, situada en México, una de las más afectadas. Esto ya ha producido conflictos graves en la cuenca del río Conchos (Chihuahua), principal tributario mexicano del Bravo. Debe recordarse el cierre del ciclo quinquenal número 35, en 2020, cuando la falta de agua en las dos presas internacionales (La Amistad y Falcón) y el temor a la relección del presidente Donald Trump legitimaron la decisión del gobierno federal de intentar abrir las compuertas de dos presas, La Boquilla y Luis L. León, para cumplir con las asignaciones pendientes, lo que generó un innecesario conflicto armado con los regantes, quienes reclamaban sus derechos de agua. Si la sequía resulta del cambio climático y existen evidencias de su recrudecimiento hasta 2050, ¿México se encuentra ante una coyuntura favorable para plantear una revisión y ajuste del Tratado, conforme a los déficits registrados que afectan a ambos países? Esta es una pregunta que muchos comunicadores y especialistas han abordado precipitadamente en el contexto de la deuda de agua que México enfrenta al cierre de cada quinquenio durante los últimos 10 años. El cierre del pasado ciclo quinquenal 36, en octubre de 2025, nuevamente estuvo marcado por la presión política de los agricultores y sus representantes políticos texanos, apoyados por el Presidente estadounidense, lo que legitimó la aplicación de las disposiciones previstas en el acta 331 (noviembre de 2024), las cuales, sin un manejo cuidadoso, podrían abrir en cualquier momento un conflicto con la sedienta ciudad de Monterrey y su área metropolitana. En esta contribución, planteamos un breve análisis de las condiciones que enfrentan las dos principales cuencas contempladas en el Tratado de Aguas de 1944, el Colorado y el Bravo, y conducimos la reflexión hacia otros elementos que suelen considerarse de manera limitada cuando se abordan estos conflictos por aguas transfronterizas. Particularmente, la gobernanza en los Consejos de Cuenca en México, que poseen facultades para diseñar modelos de prevención y mitigación de la sequía, constituye un paso fundamental para una gestión sustentable y sostenida del agua, y para alcanzar la anhelada seguridad hídrica binacional a corto, mediano y largo plazo. Sostenemos que es precipitado revisar y ajustar el Tratado sin antes considerar los acuerdos de gobernanza que los Consejos de Cuenca fronterizos estarían obligados a adoptar en el contexto de nuestra integridad territorial, a fin de asegurar los volúmenes de agua que el Tratado demanda hoy y en el futuro. Las reglas de asignación de aguas del Tratado El Tratado de Aguas de 1944 comprende tres cuencas: las de los ríos Tijuana, Colorado y Bravo. En la cuenca del río Tijuana, todo el escurrimiento ingresa a San Ysidro, California. Por ello, desde hace más de 20 años, Estados Unidos reclama a México compensaciones y la implementación de un programa integral que atienda el problema de las aguas residuales, pues estas afectan la Reserva de Humedales Estuarinos del Río Tijuana, en el sur de California, y contravienen algunas disposiciones de la legislación estadounidense, como la Ley de Agua Limpia. Como es bien sabido, más de 95% de la superficie territorial de la cuenca del río Colorado (631 000 kilómetros cuadrados) se extiende dentro del territorio estadounidense, desde Wyoming hasta Arizona y California, y el río Gila es el último tributario que aporta el caudal que revitaliza al Colorado antes de entrar a México. La regla aquí parece sencilla, como en el caso del Tijuana, pero con la diferencia de que sí existe una asignación: el volumen mínimo acordado que Estados Unidos debe entregar anualmente a México es de 2158.60 millones de metros cúbicos. Esta cifra es el resultado de negociaciones históricas durante el periodo de entreguerras del siglo XX, cuando aún el fantasma de la Doctrina Harmon cobijaba los argumentos de los estados de la cuenca que no querían ceder ni una gota a México. Hoy, ese volumen estipulado se está reduciendo velozmente y asfixia a los regantes mexicanos y al ecosistema del delta del Colorado en el golfo de California. Más complejas son las reglas acordadas para la distribución del agua en el río Bravo. Así como el Gila revive el curso principal del Colorado kilómetros antes de su ingreso a México, el río Conchos hace lo propio en territorio nacional, en el ámbito de la cuenca media del río Bravo (Chihuahua). El Tratado establece, en

​La gestión de cuencas como eje de la relación hídrica Estados Unidos-México en tiempos de escasez  María del Carmen Carmona Lara y Gonzalo Hatch Kuri Septiembre 2026 Uno de los componentes de la relación bilateral entre Estados Unidos y México es el ambiental, dentro del cual se encuentran las aguas transfronterizas reguladas por el Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales de 1944. Desde hace 25 años, cada vez que está por concluir un ciclo quinquenal correspondiente a la contabilidad de las asignaciones de agua que México está obligado a entregar a Estados Unidos en la cuenca del río Bravo, la retórica oficial atribuye a la sequía la responsabilidad del incumplimiento. Lo mismo sucede cuando el vecino país no puede aportar los volúmenes anuales que le corresponden por derecho a México en la cuenca del río Colorado. Diversos especialistas, académicos y funcionarios de ambos países coinciden en que las sequías que azotan la frontera entre Estados Unidos y México serán un fenómeno difícil de revertir; algunos responsabilizan al cambio climático, con lo que se despolitiza el debate. No obstante, en la cuenca del río Colorado, las modelaciones hidrometeorológicas sugieren que, para 2030, existe una alta probabilidad de que la sequía se agudice, lo que afectaría aún más el escurrimiento fluvial y la cantidad de agua almacenada en la presa Hoover (lago Mead), en Las Vegas, Nevada, que constituye el espacio físico donde México almacena los derechos de agua que le asigna el Tratado. Esto, sin duda, conducirá a prolongar las medidas adicionales de ahorro previstas desde las actas 323 y 330. La cuenca del río Bravo experimenta una situación similar. Los modelos auguran un panorama semejante al del Colorado, pero será la porción alta de la cuenca del Bravo, situada en México, una de las más afectadas. Esto ya ha producido conflictos graves en la cuenca del río Conchos (Chihuahua), principal tributario mexicano del Bravo. Debe recordarse el cierre del ciclo quinquenal número 35, en 2020, cuando la falta de agua en las dos presas internacionales (La Amistad y Falcón) y el temor a la relección del presidente Donald Trump legitimaron la decisión del gobierno federal de intentar abrir las compuertas de dos presas, La Boquilla y Luis L. León, para cumplir con las asignaciones pendientes, lo que generó un innecesario conflicto armado con los regantes, quienes reclamaban sus derechos de agua. Si la sequía resulta del cambio climático y existen evidencias de su recrudecimiento hasta 2050, ¿México se encuentra ante una coyuntura favorable para plantear una revisión y ajuste del Tratado, conforme a los déficits registrados que afectan a ambos países? Esta es una pregunta que muchos comunicadores y especialistas han abordado precipitadamente en el contexto de la deuda de agua que México enfrenta al cierre de cada quinquenio durante los últimos 10 años. El cierre del pasado ciclo quinquenal 36, en octubre de 2025, nuevamente estuvo marcado por la presión política de los agricultores y sus representantes políticos texanos, apoyados por el Presidente estadounidense, lo que legitimó la aplicación de las disposiciones previstas en el acta 331 (noviembre de 2024), las cuales, sin un manejo cuidadoso, podrían abrir en cualquier momento un conflicto con la sedienta ciudad de Monterrey y su área metropolitana. En esta contribución, planteamos un breve análisis de las condiciones que enfrentan las dos principales cuencas contempladas en el Tratado de Aguas de 1944, el Colorado y el Bravo, y conducimos la reflexión hacia otros elementos que suelen considerarse de manera limitada cuando se abordan estos conflictos por aguas transfronterizas. Particularmente, la gobernanza en los Consejos de Cuenca en México, que poseen facultades para diseñar modelos de prevención y mitigación de la sequía, constituye un paso fundamental para una gestión sustentable y sostenida del agua, y para alcanzar la anhelada seguridad hídrica binacional a corto, mediano y largo plazo. Sostenemos que es precipitado revisar y ajustar el Tratado sin antes considerar los acuerdos de gobernanza que los Consejos de Cuenca fronterizos estarían obligados a adoptar en el contexto de nuestra integridad territorial, a fin de asegurar los volúmenes de agua que el Tratado demanda hoy y en el futuro. Las reglas de asignación de aguas del Tratado El Tratado de Aguas de 1944 comprende tres cuencas: las de los ríos Tijuana, Colorado y Bravo. En la cuenca del río Tijuana, todo el escurrimiento ingresa a San Ysidro, California. Por ello, desde hace más de 20 años, Estados Unidos reclama a México compensaciones y la implementación de un programa integral que atienda el problema de las aguas residuales, pues estas afectan la Reserva de Humedales Estuarinos del Río Tijuana, en el sur de California, y contravienen algunas disposiciones de la legislación estadounidense, como la Ley de Agua Limpia. Como es bien sabido, más de 95% de la superficie territorial de la cuenca del río Colorado (631 000 kilómetros cuadrados) se extiende dentro del territorio estadounidense, desde Wyoming hasta Arizona y California, y el río Gila es el último tributario que aporta el caudal que revitaliza al Colorado antes de entrar a México. La regla aquí parece sencilla, como en el caso del Tijuana, pero con la diferencia de que sí existe una asignación: el volumen mínimo acordado que Estados Unidos debe entregar anualmente a México es de 2158.60 millones de metros cúbicos. Esta cifra es el resultado de negociaciones históricas durante el periodo de entreguerras del siglo XX, cuando aún el fantasma de la Doctrina Harmon cobijaba los argumentos de los estados de la cuenca que no querían ceder ni una gota a México. Hoy, ese volumen estipulado se está reduciendo velozmente y asfixia a los regantes mexicanos y al ecosistema del delta del Colorado en el golfo de California. Más complejas son las reglas acordadas para la distribución del agua en el río Bravo. Así como el Gila revive el curso principal del Colorado kilómetros antes de su ingreso a México, el río Conchos hace lo propio en territorio nacional, en el ámbito de la cuenca media del río Bravo (Chihuahua). El Tratado establece, en Read More