Trump y la FIFA: la erosión de las reglas continúa

¿Las normas internacionales deben estar por encima de la conveniencia del poder o viceversa?  José Joel Peña Llanes Julio 2026 Hay episodios que parecen menores porque no ocurren en contextos “típicos”, como una guerra, un tratado o una sentencia internacional. Sin embargo, algunos revelan con gran claridad el estado real del orden jurídico internacional. La intervención de Donald Trump ante la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA) para solicitar la revisión de la tarjeta roja impuesta al delantero estadounidense Folarin Balogun durante la Copa del Mundo de 2026 pertenece a esa categoría. No se trata solo de futbol, sino de un episodio que vuelve a plantear una pregunta de fondo: si las reglas deben limitar al poder o si el poder puede dejarlas de lado cuando le resultan incómodas. Trump reconoció que solicitó al Presidente de la FIFA, Giovanni Vincenzo Infantino, que revisara la sanción. Ante reporteros afirmó: “Lo único que hice fue pedir una revisión porque no creía que fuera una falta”. Posteriormente, en un contexto marcado por esa intervención política, la FIFA permitió que Balogun disputara el partido contra Bélgica, sin anular formalmente la tarjeta roja. Lo que hizo fue suspender la ejecución de la sanción. La decisión se sustentó en el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, que faculta a los órganos judiciales de esa organización para suspender, total o parcialmente, la ejecución de una medida disciplinaria. La existencia de esa disposición es relevante porque, aunque la actuación pudo ajustarse al reglamento, ello no resuelve el problema de fondo. El punto central no es si la FIFA contaba con una base normativa para actuar. El problema es el contexto: el Presidente del país anfitrión, que además es una potencia mundial, intervino en favor de un jugador de su propia selección, y la decisión final coincidió con el interés deportivo de Estados Unidos. En política internacional, las formas no son irrelevantes. Una llamada del mandatario estadounidense no constituye una solicitud ordinaria y puede ejercer presión, incluso cuando se presenta como un gesto informal. Antes de continuar, es importante aclarar que la FIFA no es un Estado ni una organización internacional intergubernamental. Es una asociación de derecho suizo con capacidad regulatoria mundial, lo que la convierte en un actor relevante de la gobernanza transnacional. Por ello, el caso no pertenece al Derecho Internacional Público en sentido estricto. Sin embargo, sí ilustra un fenómeno central del orden internacional contemporáneo: la tensión entre las reglas, el poder y las instituciones con autoridad más allá del Estado. En su más reciente publicación, The Autonomy of Sport Concept: A Scoping Review, Varvara Smirnova y otros advierten que “todavía no hay consenso sobre qué significa exactamente el término ‘autonomía’ ni sobre hasta qué punto (se supone que) se aplica este principio en un mundo del deporte en constante evolución”. Esa ambigüedad es relevante porque la autonomía deportiva no puede entenderse como un aislamiento absoluto, sino como una exigencia mínima de independencia frente a presiones gubernamentales indebidas. Por ello, este episodio importa. Si una institución global que afirma actuar mediante órganos disciplinarios independientes adopta una decisión controvertida tras una intervención política directa, la discusión ya no puede limitarse al reglamento deportivo. Lo que está en juego es la confianza en la regla. La Unión de Asociaciones Europeas de Futbol (UEFA) lo expresó de forma contundente al calificar la decisión de “sin precedentes, incomprensible e injustificable”, y advertir que la FIFA había cruzado una línea roja. La contundencia de esa reacción muestra que el problema no es únicamente procedimental, sino también institucional. La excepción como lenguaje del poder Trump no inventó la tensión entre derecho y poder. Las grandes potencias siempre han buscado ampliar sus márgenes de acción. Lo distintivo de su estilo político es la manera abierta, transaccional y personalista con la que se relaciona con las instituciones. Las reglas son útiles mientras le sirven. Cuando dejan de hacerlo, se presionan, se reinterpretan o se ignoran. En términos estrictos, no todo acto de presión política constituye una violación directa del Derecho Internacional, pero sí puede erosionar la premisa de institucionalidad que hace posible la aplicación de las normas. El derecho no solo se debilita cuando se incumple de manera abierta. También lo hace cuando los actores más poderosos aprenden que pueden obtener excepciones sin asumir costos significativos. La excepción, cuando se tolera, genera aprendizaje político. Si un jefe de Estado observa que puede intervenir ante una organización global, incluso si se trata de una entidad privada como la FIFA, para modificar los efectos de una decisión, otros jefes de Estado o de gobierno pueden actuar de la misma manera. Cuando esa práctica se repite, deja de ser una excepción para convertirse en una forma de hacer política. En ese momento, la igualdad ante la regla es sustituida por la capacidad de acceso. Ya no prevalece quien tiene el mejor argumento, sino quien posee mayor capacidad para ejercer presión. La Carta de la Organización de las Naciones Unidas establece, en su artículo 2.1, que la institución tiene como principio la igualdad soberana de todos sus miembros, mientras que el artículo 2.2 dispone que deben cumplir de buena fe las obligaciones asumidas. Es evidente que esa igualdad jurídica no elimina las desigualdades reales entre los Estados. Pero el sentido del Derecho Internacional consiste, precisamente, en impedir que la fuerza material sea la única fuente de autoridad. Si el poder basta para decidir cuándo se aplica una regla, la igualdad jurídica se reduce a un acto protocolario. El problema actual no es que el poder haya desaparecido de la sociedad internacional, sino que cada vez más actores parecen dispuestos a presentar la conveniencia política como criterio suficiente de legitimidad. Esa lógica se observa en el comercio, la migración, la seguridad, los conflictos armados y también en el deporte internacional. Las reglas siguen existiendo, pero se invocan cuando resultan útiles, se ignoran cuando incomodan y se reinterpretan cuando afectan a los más poderosos. Gobernanza global sin ingenuidad Defender la primacía de las normas no significa negar

​¿Las normas internacionales deben estar por encima de la conveniencia del poder o viceversa?  José Joel Peña Llanes Julio 2026 Hay episodios que parecen menores porque no ocurren en contextos “típicos”, como una guerra, un tratado o una sentencia internacional. Sin embargo, algunos revelan con gran claridad el estado real del orden jurídico internacional. La intervención de Donald Trump ante la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA) para solicitar la revisión de la tarjeta roja impuesta al delantero estadounidense Folarin Balogun durante la Copa del Mundo de 2026 pertenece a esa categoría. No se trata solo de futbol, sino de un episodio que vuelve a plantear una pregunta de fondo: si las reglas deben limitar al poder o si el poder puede dejarlas de lado cuando le resultan incómodas. Trump reconoció que solicitó al Presidente de la FIFA, Giovanni Vincenzo Infantino, que revisara la sanción. Ante reporteros afirmó: “Lo único que hice fue pedir una revisión porque no creía que fuera una falta”. Posteriormente, en un contexto marcado por esa intervención política, la FIFA permitió que Balogun disputara el partido contra Bélgica, sin anular formalmente la tarjeta roja. Lo que hizo fue suspender la ejecución de la sanción. La decisión se sustentó en el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, que faculta a los órganos judiciales de esa organización para suspender, total o parcialmente, la ejecución de una medida disciplinaria. La existencia de esa disposición es relevante porque, aunque la actuación pudo ajustarse al reglamento, ello no resuelve el problema de fondo. El punto central no es si la FIFA contaba con una base normativa para actuar. El problema es el contexto: el Presidente del país anfitrión, que además es una potencia mundial, intervino en favor de un jugador de su propia selección, y la decisión final coincidió con el interés deportivo de Estados Unidos. En política internacional, las formas no son irrelevantes. Una llamada del mandatario estadounidense no constituye una solicitud ordinaria y puede ejercer presión, incluso cuando se presenta como un gesto informal. Antes de continuar, es importante aclarar que la FIFA no es un Estado ni una organización internacional intergubernamental. Es una asociación de derecho suizo con capacidad regulatoria mundial, lo que la convierte en un actor relevante de la gobernanza transnacional. Por ello, el caso no pertenece al Derecho Internacional Público en sentido estricto. Sin embargo, sí ilustra un fenómeno central del orden internacional contemporáneo: la tensión entre las reglas, el poder y las instituciones con autoridad más allá del Estado. En su más reciente publicación, The Autonomy of Sport Concept: A Scoping Review, Varvara Smirnova y otros advierten que “todavía no hay consenso sobre qué significa exactamente el término ‘autonomía’ ni sobre hasta qué punto (se supone que) se aplica este principio en un mundo del deporte en constante evolución”. Esa ambigüedad es relevante porque la autonomía deportiva no puede entenderse como un aislamiento absoluto, sino como una exigencia mínima de independencia frente a presiones gubernamentales indebidas. Por ello, este episodio importa. Si una institución global que afirma actuar mediante órganos disciplinarios independientes adopta una decisión controvertida tras una intervención política directa, la discusión ya no puede limitarse al reglamento deportivo. Lo que está en juego es la confianza en la regla. La Unión de Asociaciones Europeas de Futbol (UEFA) lo expresó de forma contundente al calificar la decisión de “sin precedentes, incomprensible e injustificable”, y advertir que la FIFA había cruzado una línea roja. La contundencia de esa reacción muestra que el problema no es únicamente procedimental, sino también institucional. La excepción como lenguaje del poder Trump no inventó la tensión entre derecho y poder. Las grandes potencias siempre han buscado ampliar sus márgenes de acción. Lo distintivo de su estilo político es la manera abierta, transaccional y personalista con la que se relaciona con las instituciones. Las reglas son útiles mientras le sirven. Cuando dejan de hacerlo, se presionan, se reinterpretan o se ignoran. En términos estrictos, no todo acto de presión política constituye una violación directa del Derecho Internacional, pero sí puede erosionar la premisa de institucionalidad que hace posible la aplicación de las normas. El derecho no solo se debilita cuando se incumple de manera abierta. También lo hace cuando los actores más poderosos aprenden que pueden obtener excepciones sin asumir costos significativos. La excepción, cuando se tolera, genera aprendizaje político. Si un jefe de Estado observa que puede intervenir ante una organización global, incluso si se trata de una entidad privada como la FIFA, para modificar los efectos de una decisión, otros jefes de Estado o de gobierno pueden actuar de la misma manera. Cuando esa práctica se repite, deja de ser una excepción para convertirse en una forma de hacer política. En ese momento, la igualdad ante la regla es sustituida por la capacidad de acceso. Ya no prevalece quien tiene el mejor argumento, sino quien posee mayor capacidad para ejercer presión. La Carta de la Organización de las Naciones Unidas establece, en su artículo 2.1, que la institución tiene como principio la igualdad soberana de todos sus miembros, mientras que el artículo 2.2 dispone que deben cumplir de buena fe las obligaciones asumidas. Es evidente que esa igualdad jurídica no elimina las desigualdades reales entre los Estados. Pero el sentido del Derecho Internacional consiste, precisamente, en impedir que la fuerza material sea la única fuente de autoridad. Si el poder basta para decidir cuándo se aplica una regla, la igualdad jurídica se reduce a un acto protocolario. El problema actual no es que el poder haya desaparecido de la sociedad internacional, sino que cada vez más actores parecen dispuestos a presentar la conveniencia política como criterio suficiente de legitimidad. Esa lógica se observa en el comercio, la migración, la seguridad, los conflictos armados y también en el deporte internacional. Las reglas siguen existiendo, pero se invocan cuando resultan útiles, se ignoran cuando incomodan y se reinterpretan cuando afectan a los más poderosos. Gobernanza global sin ingenuidad Defender la primacía de las normas no significa negar Read More

Full text for top nursing and allied health literature.

X